Art. 3

Art. 3

En vigor desde 23 abr 2009
Artículo 3 Los métodos de análisis necesarios para el control de los criterios de pureza generales y específicos, adoptados por la Primera Directiva 81/712/CEE de la Comisión, de 28 de julio de 1981, sobre fijación de los métodos de análisis comunitarios para el control de los criterios de pureza de determinados aditivos alimentarios (10), también serán aplicables en el marco de la presente Directiva.
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