Art. 3 · Beneficiarios de la protección

Art. 3

Beneficiarios de la protección

En vigor desde 23 abr 2009
Artículo 3 Beneficiarios de la protección La protección se concederá a todas las personas físicas y jurídicas que cumplan los requisitos establecidos en la legislación nacional sobre derechos de autor aplicable a las obras literarias.
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