Art. 5
En vigor desde 17 jun 2008
Artículo 5
Queda derogada la Directiva 95/44/CE, modificada por la Directiva indicada en la parte A del anexo IV, sin perjuicio de las obligaciones de los Estados miembros relativas a los plazos de transposición al Derecho nacional de las Directivas, que figuran en la Parte B del anexo IV.
Las referencias a la Directiva derogada se entenderán hechas a la presente Directiva y se leerán con arreglo a la tabla de correspondencias que figura en el anexo V.
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