Art. 49 · Derogación

Art. 49

Derogación

En vigor desde 5 sept 2007
Artículo 49 Derogación Queda derogada la Directiva 70/156/CEE con efectos a partir del 29 de abril de 2009, sin perjuicio de las obligaciones de los Estados miembros en relación con los plazos de incorporación al Derecho nacional y de aplicación de las Directivas que figuran en la parte B del anexo XX. Las referencias hechas a la Directiva derogada se entenderán hechas a la presente Directiva y se leerán con arreglo a la tabla de correspondencias que figura en el anexo XXI.
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