Art. 28 · Relación con las disposiciones comunitarias y nacionales

Art. 28

Relación con las disposiciones comunitarias y nacionales

En vigor desde 5 jul 2006
Artículo 28 Relación con las disposiciones comunitarias y nacionales 1.   La presente Directiva se entenderá sin perjuicio de las disposiciones relativas a la protección de la mujer, en particular referida al embarazo y la maternidad. 2.   La presente Directiva no afectará a lo dispuesto en la Directiva 96/34/CE y en la Directiva 92/85/CEE.
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