Art. 9 · Sistema de clasificación de las instalaciones de residuos

Art. 9

Sistema de clasificación de las instalaciones de residuos

En vigor desde 15 mar 2006
Artículo 9 Sistema de clasificación de las instalaciones de residuos A efectos de la presente Directiva, las autoridades competentes clasificarán las instalaciones de residuos como de categoría A de conformidad con los criterios que se establecen en el anexo III.
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