Art. 8 · Autoridades competentes

Art. 8

Autoridades competentes

En vigor desde 7 sept 2005
Artículo 8 Autoridades competentes Los Estados miembros designarán a las autoridades competentes en aplicaciones de los SIF e intercambio internacional de datos. Esas autoridades se darán a conocer a la Comisión.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:dir:2005:44:oj#art-8