Art. 13 · Pequeñas y Medianas Empresas

Art. 13

Pequeñas y Medianas Empresas

En vigor desde 6 jul 2005
Artículo 13 Pequeñas y Medianas Empresas 1.   En el contexto de los programas de que puedan beneficiarse las PYME y microempresas, la Comisión tendrá en cuenta las iniciativas que ayudan a las PYME y microempresas a integrar aspectos medioambientales, incluida la eficacia energética, a la hora de diseñar sus productos. 2.   Los Estados miembros harán lo posible, en particular mediante el refuerzo de las redes y estructuras de ayuda, por alentar a las PYME y microempresas a que desarrollen un planteamiento medioambiental, a partir del diseño del producto, y se adapten a la futura legislación europea.
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