Art. 7

Art. 7

En vigor desde 22 dic 2004
Artículo 7 A más tardar el 1 de octubre de 2010, la Comisión emitirá una evaluación detallada de la simplificación de los procedimientos de certificación introducidos por la presente Directiva, que se centrará principalmente en las posibles repercusiones de los sistemas de supervisión sobre la calidad de las semillas.
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