Art. 11

Art. 11

En vigor desde 15 dic 2004
Artículo 11 1.   El artículo 9 y la letra c) del artículo 10 quater no se aplicarán a las acciones entregadas a los miembros del SEBC o facilitadas por éstos en el ejercicio de sus funciones como autoridades monetarias, incluidas las acciones entregadas a los miembros del SEBC o facilitadas por éstos con arreglo a un compromiso, una recompra o un acuerdo similar de liquidez concedidas con fines de política monetaria o dentro de un sistema de pago. 2.   La exención se aplicará a las mencionadas operaciones de corta duración, siempre que no se ejerzan los derechos de voto vinculados a dichas acciones.
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