Art. Disposición transitoria segunda

Art. Disposición transitoria segunda

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En vigor desde 22 sept 2020
Los contratos vigentes a la entrada en vigor del presente decreto-ley foral para el desempeño de puestos de trabajo de Auxiliar Administrativo y de Cuidador del Departamento de Educación mantendrán su vigencia, sin necesidad de proceder a su modificación y sin que el nuevo nivel/grupo de encuadramiento altere en modo alguno la duración o las causas de extinción del contrato.
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