Art. Disposición adicional cuarta

Art. Disposición adicional cuarta

10 / 19
En vigor desde 22 sept 2020
El personal en situación de excedencia voluntaria declarada desde un puesto de trabajo de Auxiliar Administrativo o de Cuidador del Departamento de Educación, si en el momento en que solicite el reingreso no tiene reserva de plaza podrá solicitar y obtener su reingreso al servicio activo en una vacante del puesto de trabajo correlativo de nivel C.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-nc/dlf/2020/09/16/10#disposicion-adicional-cuarta