Capítulo CAPÍTULO VII
Art. Disposición final cuarta
35 / 42En vigor desde 8 nov 2022
Se añade un nuevo apartado, el apartado 3, al artículo 206 de la Ley 20/2006, de 15 de diciembre, municipal y de régimen local de las Illes Balears, con el siguiente contenido:
«3. Para la ejecución de los correspondientes planes de financiación de infraestructuras y de servicios públicos, el consejero o consejera competente en materia de cooperación local, mediante una resolución, establecerá la distribución de los fondos disponibles entre los municipios afectados, en atención, entre otras circunstancias, al número de habitantes y al número de núcleos poblacionales.»
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Proeli/es-ib/dl/2022/11/07/9#disposicion-final-cuarta