Art. 15
Capítulo CAPÍTULO IV

Art. 15

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En vigor desde 8 nov 2022
A efectos de este decreto ley, se entiende que son personas destinatarias de la ayuda autonómica aquellas personas que tienen reconocido el derecho al Bono Social Térmico a 31 de diciembre de 2020 o a 31 de diciembre de 2021 y a las que se les haya ordenado un pago por este concepto antes del día 31 de enero de 2023.
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