Art. 3
3 / 22En vigor desde 8 jul 2022
3.1 El otorgamiento de las autorizaciones para la realización del alquiler de vehículos con conductor de carácter urbano corresponde a los ayuntamientos o entes metropolitanos legalmente constituidos de acuerdo con las condiciones establecidas en este Decreto ley y el resto de normativa aplicable en la materia.
3.2 Un vehículo no puede disponer de más de una autorización de alquiler de vehículos con conductor de ámbito urbano.
3.3 Los entes locales pueden aplicar una tasa por el concepto de emisión de las autorizaciones de transporte urbano.
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Proeli/es-ct/dl/2022/07/05/9#art-3