Art. 1
Capítulo CAPÍTULO I

Art. 1

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En vigor desde 17 feb 2021
La finalidad del incremento de precios establecido en este capítulo es propiciar, necesariamente, la mejora de las condiciones laborales y retributivas de las personas trabajadoras profesionales de las residencias de personas mayores y centros de día de personas mayores de la Red de Servicios Sociales de Atención Pública, con el objetivo de mejorar la calidad del servicio público prestado a la ciudadanía.
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