Capítulo CAPÍTULO 1
Art. 1
1 / 16En vigor desde 27 mar 2020
1.1 Es objeto de este Decreto-ley la regulación del marco de la participación institucional de las organizaciones sindicales y empresariales más representativas de Cataluña en los órganos, entidades o empresas públicas integrados en la Generalidad de Cataluña, mediante comisiones, consejos u otros órganos colegiados de participación, que tengan atribuidas competencias en materias laborales, sociales y socioeconómicas que afecten los intereses económicos y sociales de trabajadores y trabajadoras y del empresariado.
1.2 También es objeto de este Decreto-ley el desarrollo de los ámbitos de diálogo social permanente y concertación social que permitan el desarrollo efectivo de los apartados 3, 4 y 6 del artículo 45 del Estatuto de autonomía de Cataluña.
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Proeli/es-ct/dl/2020/03/24/9#art-1