Art. 2
2 / 16En vigor desde 12 oct 2019
El ámbito territorial de actuación de las medidas previstas en el presente Decreto-Ley es el de los términos municipales con sobrepoblación de conejo incluidos en el anexo II del Plan General de Caza para la temporada 2019-2020 y los que eventualmente se incluyan en el Plan General de Caza para la temporada 2020-2021.
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ProBOA-d-2019-90544#art-2