Art. Disposición final primera

Art. Disposición final primera

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En vigor desde 15 may 2021
Se habilita a la persona titular de la conselleria competente en materia de transporte para interpretar este decreto ley, dictar las instrucciones y adoptar las medidas que considere oportunas para su desarrollo y ejecución.

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DOGV-r-2021-90178#disposicion-final-primera