Art. Disposición adicional única

Art. Disposición adicional única

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En vigor desde 4 may 2021
El Consejo Andaluz de Gobiernos Locales será informado convenientemente antes de la finalización de este ejercicio presupuestario, a través del órgano concedente de la subvención, de todas las resoluciones de concesión que se hayan dictado en relación con la línea de ayudas establecida en el presente Decreto-ley.

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BOJA-b-2021-90167#disposicion-adicional-unica