Art. 4

Art. 4

4 / 25
En vigor desde 4 may 2021
Las subvenciones que se concedan al amparo de este Decreto-ley serán compatibles con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que se concedan para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados, nacionales o internacionales, siempre que el importe de las mismas, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones o ayudas, ingresos o recursos, no superen el coste de la actuación subvencionada.

Tus anotaciones

Pro

BOJA-b-2021-90167#art-4