Art. 1
1 / 9En vigor desde 30 jun 2020
Las disposiciones de este decreto ley serán de aplicación, excepcional, temporal, y limitada a las materias reguladas en los artículos siguientes, a todas las cooperativas y entidades sujetas a la Ley de cooperativas de la Comunitat Valenciana, texto refundido aprobado por Decreto legislativo 2/2015, de 15 de mayo, del Consell.
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Proeli/es-vc/dl/2020/06/26/8#art-1