Título TÍTULO IV
Art. Disposición adicional décima
115 / 119En vigor desde 12 may 2020
Se modifica el primer párrafo del apartado primero de la disposición transitoria segunda de la Ley 9/2018, de 30 de octubre, de Sociedades Cooperativas de Extremadura, que pasa a tener el siguiente contenido:
«1. Las sociedades cooperativas a las que sea de aplicación la presente Ley deberán adaptar sus estatutos a la misma en el plazo de cuatro años desde su entrada en vigor.»
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Proeli/es-ex/dl/2020/04/24/8#disposicion-adicional-decima