Art. 19
Capítulo CAPÍTULO III

Art. 19

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En vigor desde 18 jul 2020
El régimen de prescripción de las infracciones y sanciones a que se refiere este decreto ley será el establecido en el artículo 30 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

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BORM-s-2020-90295#art-19