Art. 35
Capítulo CAPÍTULO V

Art. 35

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En vigor desde 15 may 2020
Para el ejercicio fiscal de 2020, se establece una bonificación del 75 % en el pago de los recibos de la fracción correspondiente al segundo trimestre del año de la tasa fiscal sobre los juegos de suerte, envite o azar relativa a máquinas de tipos B o recreativas con premio y de tipo C o de azar a que se refiere la letra b) del artículo 96.1 del Texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears en materia de tributos cedidos, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2014, de 6 de junio.
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