Art. 75
Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO IIISecc. Sección 5.ª Régimen sancionador

Art. 75

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En vigor desde 13 jul 2022
Son infracciones muy graves: a) La reincidencia en falta grave. b) Tres resoluciones de extinción por incumplimiento del PEI, durante un período máximo de 4 años.
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