Art. 62
Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO IIISecc. Sección 3.ª Régimen económico y tramitación

Art. 62

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En vigor desde 13 jul 2022
Una vez completada la solicitud, el órgano instructor comprobará la concurrencia de los requisitos establecidos en el artículo 55 de este Decreto ley, y elevará la propuesta de resolución a la consejera o al consejero.
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