Título TÍTULO III
Art. Disposición final segunda
16 / 17En vigor desde 19 jun 2020
Se habilita al Consejo de Gobierno y a los titulares de las Consejerías en el ámbito de sus competencias, a dictar cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo y ejecución de lo dispuesto en este decreto-ley.
Tus anotaciones
ProBORM-s-2020-90236#disposicion-final-segunda