Art. Disposición derogatoria única

Art. Disposición derogatoria única

17 / 19
En vigor desde 4 oct 2023
1. Se deroga la disposición adicional primera de la Ley 2/2020, de 15 de octubre, de medidas urgentes y extraordinarias para el impulso de la actividad económica y la simplificación administrativa en el ámbito de las administraciones públicas de las Illes Balears para paliar los efectos de la crisis ocasionada por la COVID-19. 2. Quedan derogadas todas las normas de rango igual o inferior que se opongan a este decreto-ley, lo contradigan o sean incompatibles con lo que dispone.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-ib/dl/2023/10/02/6#disposicion-derogatoria-unica