Título TÍTULO PRELIMINAR
Art. 3
3 / 16En vigor desde 19 nov 2022
Las competencias específicas en materia fitosanitaria y de protección de los cultivos corresponden a la Consejería con competencias en materia de agricultura, y abarcan los siguientes aspectos:
a. Verificar el estado sanitario de los cultivos y la existencia de un riesgo fitosanitario por la acumulación de restos vegetales.
b. Velar por la veracidad respecto a lo declarado por los interesados en su solicitud, así como los informes emitidos por los Asesores en Gestión Integrada de Plagas.
2. Las competencias específicas en materia de protección del medio ambiente y calidad atmosférica corresponden a la/s administraciones con competencias en materia medioambiental, y abarcan los siguientes aspectos:
a. Vigilar el cumplimiento de la adecuada calidad atmosférica.
b. Establecer y vigilar el cumplimiento de las medidas necesarias para reducir el posible impacto de los incendios forestales en los lugares cercanos a la ubicación de la realización de la práctica fitosanitaria de la quema controlada.
3. Las competencias específicas en materia de protección de la salud corresponden a la/s administraciones con competencias en salud, y abarcan los siguientes aspectos:
a. Protección de la salud de las poblaciones cercanas a la ubicación de la realización de la práctica fitosanitaria de la quema controlada.
4. Las corporaciones locales, en el ámbito de su territorio, podrán establecer las medidas adicionales que consideren necesarias para garantizar o asegurar la salud y la calidad atmosférica en el entorno de los núcleos de población, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local. Así mismo, deberán colaborar con la Administración regional en la determinación de mejora de las condiciones que les afecten en el marco de su ámbito competencial, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 25.2 b de la Ley 7/1985, a través de las correspondientes ordenanzas municipales sobre la materia.
Tus anotaciones
ProBORM-s-2022-90355#art-3