Art. Disposición final decimoséptima
69 / 76En vigor desde 16 jun 2022
Las letras a) y b) del apartado 1 del artículo 4 del Texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears en materia de tributos cedidos por el Estado, quedan modificadas de la manera siguiente:
«a) En declaraciones conjuntas, los contribuyentes para los cuales la cuantía que resulte de la base imponible total sea: 1.º Hasta 11.000 euros: 200 euros por hijo. 2.º Entre 11.000,01 euros y 22.000 euros: 100 euros por hijo. 3.º Entre 22.000,01 euros y 27.500 euros: 75 euros por hijo. b) En declaraciones individuales, los contribuyentes para los cuales la cuantía que resulte de la base imponible total sea: 1.º Hasta 7.150 euros: 100 euros por hijo. 2.º Entre 7.150,01 euros y 11.000 euros: 75 euros por hijo. 3.º Entre 11.000,01 euros y 13.750 euros: 50 euros por hijo.»
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-ib/dl/2022/06/13/6#disposicion-final-decimoseptima