Art. Disposición final segunda
6 / 6En vigor desde 20 abr 2020
El presente decreto-ley entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Diario Oficial de Extremadura».
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-ex/dl/2020/04/17/6#disposicion-final-segunda