Art. Disposición transitoria quinta
Capítulo CAPÍTULO III

Art. Disposición transitoria quinta

20 / 25
En vigor desde 30 jun 2020
Las personas titulares del Ingreso Aragonés de Inserción que cumplan durante 2020 los requisitos para acceder a una Pensión no contributiva de jubilación o invalidez, continuarán percibiendo el Ingreso Aragonés de Inserción hasta diciembre de 2020. Entre el 1 y el 31 de diciembre de 2020 deberán presentar la solicitud de la pensión no contributiva que les corresponda.

Tus anotaciones

Pro

BOA-d-2020-90251#disposicion-transitoria-quinta