Art. 10
Capítulo CAPÍTULO III

Art. 10

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En vigor desde 30 jun 2020
Las prestaciones, programas e instrumentos orientados a prevenir el riesgo de exclusión, paliar situaciones de exclusión personal, social y laboral y facilitar la inclusión de las personas y grupos vulnerables en situación de riesgo o exclusión social se desarrollarán reglamentariamente, con el siguiente contenido mínimo. a) Los servicios, equipamientos y profesionales que intervendrán en los diferentes niveles de intervención de apoyo social, sociolaboral o laboral. b) Los programas de intervención recogidos en el Plan de Atención e Inclusión Social. c) Los instrumentos de inclusión constituidos por el Acuerdo de Inclusión Social, los itinerarios integrales personalizados de inserción, los Módulos operativos de intervención y los Programas y proyectos de inclusión social y laboral.

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BOA-d-2020-90251#art-10