Capítulo CAPÍTULO III
Art. 13
13 / 56En vigor desde 1 ene 2014
1. Se mantiene hasta el 31 de diciembre de 2014 la suspensión del punto 5 del Acuerdo entre la Administración de la comunidad autónoma de las Illes Balears y las organizaciones sindicales CCOO, CSI-CSIF, STEI-i, UGT y USO de 18 de julio de 2008, relativo a la carrera profesional, a que se refiere el punto primero del apartado 1 de la disposición adicional sexta de la Ley 9/2011, de 23 de diciembre, de presupuestos generales de la comunidad autónoma de las Illes Balears para el año 2012.
2. Se mantiene también hasta el 31 de diciembre de 2014 la suspensión del Acuerdo del Consejo de Gobierno de 26 de febrero de 2010, relativo a la reprogramación de los efectos económicos derivados de la implantación de la carrera profesional, a que se refiere el punto primero del apartado 1 de la disposición adicional sexta de la Ley 9/2011.
Se modifica por la disposición final 6.6 de la Ley 8/2013, de 23 de diciembre. Ref. BOE-A-2014-656 Se modifica por la disposición final 12.4 de la Ley 15/2012, de 27 de diciembre. Ref. BOE-A-2013-631 Se deroga el apartado 3 por la disposición derogatoria única.a) del Decreto-ley 10/2012, de 31 de agosto. Ref. BOIB-i-2012-90041
Tus anotaciones
ProBOIB-i-2012-90028#art-13