Art. 4

Art. 4

4 / 27
En vigor desde 3 dic 2020
4.1 Para obtener la condición de entidades beneficiarias de las subvenciones previstas en este Decreto ley, las entidades solicitantes deberán: a) Pertenecer a alguno de los municipios previstos en el anexo de este Decreto Ley. b) Cumplir los requisitos y condiciones generales establecidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, y cualquier otra normativa de aplicación en la que se establezcan requisitos. 4.2 El cumplimiento de estos requisitos se acreditará mediante la firma de las declaraciones responsables que incluye el modelo formalizado de solicitud de la subvención.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-ct/dl/2020/12/01/49#art-4