Art. 20
20 / 27En vigor desde 3 dic 2020
20.1 El importe máximo destinado a la concesión de las subvenciones que prevé esta medida es de 2.500.000 euros, a cargo de las partidas presupuestarias D/460000190/331D/0000 FPAO, D/461000190/331D/0000 FPAO, D/469000190/331D/0000 FPAO.
El anexo de este Decreto ley recoge la distribución del importe entre los municipios afectados.
20.2 La financiación de las actuaciones que prevé este Decreto ley debe ir a cargo de los programas acordados en la Conferencia Sectorial de Empleo y Asuntos Laborales del Ministerio de Trabajo y Economía Social que se aprueben para el año 2021.
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Proeli/es-ct/dl/2020/12/01/49#art-20