Capítulo CAPÍTULO II
Art. 6
6 / 9En vigor desde 19 nov 2020
Se habilita el Consejo Catalán del Deporte para la convocatoria, la tramitación y la resolución de una línea de ayudas extraordinarias y de emergencia para hacer frente a la suspensión de la apertura al público de las instalaciones y de los equipamientos deportivos a Cataluña como consecuencia de la crisis sanitaria, económica y social de la COVID-19, con una dotación de 25.000.000 de euros.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-ct/dl/2020/11/17/43#art-6