Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO IV
Art. Disposición derogatoria única
19 / 21En vigor desde 26 nov 2023
1. Quedan derogadas cuantas normas de igual o inferior rango se opongan o contradigan a lo previsto en el presente decreto-ley.
2. En particular, quedan derogadas:
a) La Ley 9/2016, de 2 de junio, de medidas urgentes en materia de espectáculos públicos en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
b) El Título III de la Ley 2/2011, de 2 de marzo, de admisión en espectáculos públicos, actividades recreativas y establecimientos públicos de la Región de Murcia.
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ProBORM-s-2023-90312#disposicion-derogatoria-unica