Art. Disposición final decimoctava
Capítulo CAPÍTULO V

Art. Disposición final decimoctava

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En vigor desde 31 mar 2022
Este decreto ley entrará en vigor y producirá efectos el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial de las Illes Balears». No obstante, las previsiones establecidas en las disposiciones adicionales cuarta y quinta y en las disposiciones finales quinta, sexta, séptima y octava de este decreto ley producirán efectos a partir de la creación, la dotación presupuestaria y la ocupación de los puestos de trabajo mencionados en la disposición transitoria segunda.
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