Capítulo CAPÍTULO III
Art. 38
38 / 53En vigor desde 9 jun 2021
A efectos de declaración de pérdida del derecho al cobro total o parcial de la compensación respecto de la empresa beneficiaria, son criterios de graduación de posibles incumplimientos los siguientes:
Incumplimientos Extensión de la pérdida del derecho al cobro de la compensación Falseamiento de las condiciones requeridas para obtener la compensación u ocultación de aquéllas que lo hubieren impedido. 100 % del importe de la compensación. Incumplimiento de las obligaciones establecidas referidas a los servicios de transporte, constatado « in situ » por los servicios de inspección del órgano concedente. 5 % del importe de la compensación por incumplimiento de cada tráfico, día del calendario del servicio, de cualquiera de las expediciones establecidas, o por alteración injustificada y reiterada del horario. Resistencia, excusa, obstrucción o negativa a las actuaciones de comprobación material de la realización de la actividad, incluido el procedimiento de revisión por el auditor de acuerdo con el artículo 36. 100 % del importe de la compensación. Incumplimiento de la obligación de justificación del cumplimiento de la finalidad en el tiempo y forma expresados en el artículo 36. 100 % del importe de la compensación. Incumplimiento grave de cualesquiera otras obligaciones o condiciones previstas en el presente Decreto o resolución de concesión. 100 % del importe de la compensación.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-ex/dl/2021/06/04/4#art-38