Art. Disposición final séptima
Título TÍTULO V

Art. Disposición final séptima

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En vigor desde 2 abr 2021
A falta de disposición expresa en el presente Decreto-ley y aun no teniendo carácter básico, será de aplicación supletoria respecto a la materia que se regula, las disposiciones contenidas en el Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, o norma que lo sustituya.
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