Título TÍTULO IV›Capítulo CAPÍTULO III
Art. 35
35 / 65En vigor desde 2 abr 2021
1. Con carácter previo a la publicación del anuncio de licitación y con el fin de que cualquier operador económico pueda realizar las alegaciones pertinentes, el órgano de contratación podrá someter a información pública la documentación contractual de aquellos expedientes que por su singularidad o especificidad considere oportunos, con vistas a una eficiente y transparente preparación de la contratación.
2. El periodo de información pública no tendrá una duración superior a quince días naturales desde la publicación del anuncio en el perfil del contratante ubicado en la Plataforma de Contratación del Sector Público.
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Proeli/es-cn/dl/2021/03/31/4#art-35