Título TÍTULO IV›Capítulo CAPÍTULO III
Art. 32
32 / 65En vigor desde 2 abr 2021
En los contratos que se liciten por lotes, con el fin de facilitar el acceso de las pequeñas y medianas empresas, se deberá establecer, salvo justificación motivada en contrario, una limitación de licitación o de adjudicación del número de lotes, así como los criterios a aplicar en caso de que no se presenten a la licitación tantas proposiciones como lotes, en cuyo caso se excepcionará dicha limitación.
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Proeli/es-cn/dl/2021/03/31/4#art-32