Título TÍTULO IV›Capítulo CAPÍTULO III
Art. 31
31 / 65En vigor desde 2 abr 2021
1. Corresponde al centro directivo con competencias horizontales en materia de contratación pública el asesoramiento de las licitaciones financiadas con fondos «Next Generation EU», así como el establecimiento de los criterios interpretativos de la normativa aplicable.
Para el ejercicio de las funciones de coordinación y asesoramiento, y sin perjuicio de que se puedan crear otros mecanismos organizativos y ámbitos de colaboración, el centro directivo con competencias horizontales en materia de contratación pública, creará, en el plazo de un mes desde la aprobación de este Decreto-ley, un grupo de trabajo en el seno de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa para la elaboración de modelos de pliegos de cláusulas administrativas particulares y de pliegos de prescripciones técnicas, así como para impulsar la aprobación de instrucciones y recomendaciones dirigidas a todo el sector público.
Este grupo de trabajo deberá estar formado, como mínimo, por representantes del centro directivo con competencias horizontales en materia de contratación pública y de los servicios jurídicos. También podrán formar parte de él representantes de las entidades empresariales y organizaciones y representantes de los departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma.
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Proeli/es-cn/dl/2021/03/31/4#art-31