Art. Disposición transitoria única
Capítulo CAPÍTULO V

Art. Disposición transitoria única

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En vigor desde 26 mar 2021
Los procedimientos de las subvenciones relativas al Bono Turístico de Andalucía iniciados con anterioridad a la entrada en vigor del presente decreto-ley se tramitarán y resolverán con arreglo a las disposiciones vigentes en el momento de su iniciación.

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BOJA-b-2021-90124#disposicion-transitoria-unica