Capítulo CAPÍTULO V
Art. Disposición final segunda
61 / 70En vigor desde 26 mar 2021
Uno. Se modifica el apartado 2 del artículo 2 que queda como sigue:
«2. El distintivo tendrá carácter gratuito, voluntario y temporal, y se extenderá desde la presentación de la declaración responsable hasta el 9 de diciembre de 2021.»
Dos. Se modifica el apartado 3 del artículo 4 que queda como sigue:
«3. La presentación de la declaración responsable será suficiente para la obtención del distintivo y facultará a la persona interesada para exhibirlo, desde su obtención hasta el 9 de diciembre de 2021, sin perjuicio de las consecuencias derivadas del procedimiento de verificación previsto en el artículo 5.»
Tres. Se modifica el apartado 2 del artículo 7, que queda redactado como sigue:
«2. La presentación de la declaración responsable y de la documentación que acredite la presentación del citado Plan de Contingencia, será suficiente para obtener el distintivo y facultará al ayuntamiento para exhibirlo desde su obtención hasta el 9 de diciembre de 2021, sin perjuicio de las consecuencias derivadas del procedimiento de verificación previsto en el artículo 5.»
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