Art. 2

Art. 2

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En vigor desde 24 feb 2021
En este decreto ley se establecen ayudas directas destinadas a las siguientes tipologías de establecimientos públicos de ocio nocturno, tipologías que agrupan locales de semejante dimensión, coste circulante y laboral asociado y modelo de gestión: A. Ayudas directas destinadas a las personas físicas o jurídicas explotadoras de: – Pubs – Cafés cantante – Cafés concierto – Cafés teatro B. Ayudas directas destinas a las personas físicas o jurídicas explotadoras de: – Discotecas – Salas de baile – Salas de fiesta

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DOGV-r-2021-90077#art-2