Art. 21
Capítulo CAPÍTULO VI

Art. 21

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En vigor desde 25 jun 2020
Durante la vigencia de este Decreto-Ley, no resultará exigible lo establecido en el párrafo segundo del apartado primero de la disposición adicional segunda de la Ley 10/2019, de 30 de diciembre, de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón para el ejercicio 2020.

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BOA-d-2020-90247#art-21