Capítulo CAPÍTULO VIII
Art. Disposición final primera
28 / 30En vigor desde 3 abr 2020
Se autoriza a la persona titular de la Consejería competente en materia tributaria a modificar los plazos de presentación de declaraciones, autoliquidaciones, comunicaciones y solicitudes de los tributos gestionados por la Comunidad Autónoma de Canarias.
Tus anotaciones
ProBOC-j-2020-90088#disposicion-final-primera